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Octubre de 2026 · Carga pública · Por Felipe Montoya, Esq.

Las demandas de carga pública: cinco semanas después, nadie pidió una medida cautelar y la regla sigue hasta 2027

New York v. DHS, N.° 1:26-cv-07978, y City of New York v. DHS, N.° 1:26-cv-07982, ambas en el S.D.N.Y. ante la jueza Ronnie Abrams, se presentaron el 14 de septiembre de 2026. Una orden de calendario del 6 de octubre fija los escritos de sentencia sumaria del 11 de diciembre de 2026 al 12 de marzo de 2027. No se ha presentado moción de medida cautelar.

Cuando la derogación de carga pública entró en vigor el 18 de septiembre, la pregunta que más escuchamos fue si un tribunal la detendría. Cinco semanas después la respuesta es suficientemente clara: a ningún tribunal se le ha pedido.

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Las demandas

La fiscal general de Nueva York encabeza una coalición de veintiún estados, el Distrito de Columbia y el gobernador de Pensilvania en el primer caso. La ciudad de Nueva York encabeza una coalición de ciudades y condados en el segundo. Un tercero, Make the Road New York v. DHS, N.° 1:26-cv-08129, presentado el 17 de septiembre, fue aceptado como caso relacionado ante la misma jueza y avanza con el mismo calendario. Todos impugnan la regla publicada en 91 Fed. Reg. 45324 el 20 de julio de 2026, que derogó el reglamento de carga pública de 2022 y entró en vigor el 18 de septiembre.

Dónde están

El expediente cuenta la historia. No se pidió orden de restricción temporal. No se ha presentado moción de medida cautelar. En cambio, las partes acordaron un calendario, asentado el 6 de octubre: el gobierno entrega el expediente administrativo hoy, 23 de octubre; los estados piden sentencia sumaria el 11 de diciembre; el gobierno presenta su moción cruzada el 29 de enero de 2027; la oposición y réplica combinada de los estados vence el 26 de febrero y la réplica del gobierno el 12 de marzo. Una decisión, con ese calendario, llega después de marzo. Una apelación seguiría en cualquier caso.

Qué significa

La regla está en pleno vigor y así seguirá al menos por varios meses. Toda solicitud de ajuste con matasellos, o enviada electrónicamente, del 18 de septiembre o posterior se adjudica bajo la nueva guía, con la definición más amplia de beneficios y la prueba de totalidad de cinco factores que describimos en septiembre. Que los demandantes no hayan pedido alivio de emergencia no significa que las demandas sean débiles; significa que se litigan sobre el expediente y no en el calendario de emergencia, y que el resultado está a meses de distancia.

Para quien decide si presentar y cuándo, la premisa de planificación debe ser que la regla aplica y seguirá aplicando. Nuestro verificador de carga pública recorre qué parte de la regla alcanza una solicitud determinada; está actualizado a la fecha.

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Este artículo es información legal general sobre un litigio pendiente, no asesoría legal, y no crea una relación abogado-cliente. El estado del caso corresponde a la fecha indicada y cambiará. Consulte a un abogado de inmigración calificado sobre su propia presentación. Este sitio web es publicidad de abogado.

Fuentes