Un tribunal federal bloquea los arrestos de ICE en las cortes de inmigración a nivel nacional
El 23 de junio de 2026, un juez federal en California anuló la política de 2025 que había autorizado al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) a realizar arrestos civiles de inmigración en las cortes de inmigración y sus cercanías, sosteniendo que el gobierno cambió las reglas sin seguir el proceso adecuado. La orden aplica a nivel nacional — incluidas las cortes de inmigración aquí en Miami. A continuación, una explicación en lenguaje sencillo.
Hable con el abogadoEl contexto
Durante años, la aplicación de la ley migratoria generalmente limitó los arrestos civiles en o cerca de las cortes, reconociendo que las personas deben poder asistir a sus audiencias sin temor a ser detenidas al entrar. En mayo de 2025, ICE y la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) revocaron esos límites, abriendo la puerta a arrestos en las cortes de inmigración. El mismo litigio también impugnó un cambio de 2025 sobre cuánto tiempo se podía retener a los detenidos en instalaciones de corto plazo.
Qué resolvió el tribunal
El tribunal sostuvo que las agencias violaron la Ley de Procedimiento Administrativo (APA) — la ley que rige cómo las agencias federales adoptan políticas — al revertir los límites previos sobre arrestos en cortes sin una explicación razonada. El juez anuló la nueva política, lo que restaura los límites anteriores a los arrestos en las cortes, y lo hizo a nivel nacional, en una orden extensa (reportada de 71 páginas).
Qué significa — y qué no
En términos prácticos, el fallo restaura los límites anteriores a los arrestos civiles de ICE en y cerca de las cortes de inmigración mientras esté vigente. Esto importa porque asistir a una audiencia programada es obligatorio — faltar puede llevar a una orden de remoción en ausencia. (Explicamos qué esperar en una audiencia, y la importancia de presentarse, en una entrada aparte.) Dos advertencias: los fallos sobre políticas como este suelen ser apelados, así que algo vigente hoy puede cambiar; y no es asesoría legal para ningún caso en particular.
Si tiene una audiencia próxima
Presentarse a su audiencia programada en la corte de inmigración sigue siendo de importancia crítica. Si tiene preocupaciones sobre asistir — por seguridad, logística o cualquier otra razón — lo correcto es hablar con un abogado de inmigración antes de la fecha de su audiencia sobre su situación y opciones.
Solicitar una ConsultaEste artículo es información legal general, no asesoría legal, y no crea una relación abogado-cliente. Resume un acontecimiento legal reciente; cómo se aplica la ley depende de los hechos específicos de cada caso. Consulte a un abogado de inmigración calificado sobre su situación. Este sitio web es publicidad de abogado.
Fuentes
- Tribunal de Distrito de EE. UU., Distrito Norte de California, Pablo Sequen v. Albarran — orden que anula la política de arrestos en cortes (juez P. Casey Pitts, 23 de junio de 2026).
- Ley de Procedimiento Administrativo, 5 U.S.C. §§ 553, 706 — law.cornell.edu.